Hoy pretendo aclarar cómo se puede conseguir una custodia compartida mediante el procedimiento de modificacion de medidas.
Ya comentamos en este artículo los requisitos que han de producirse para que tengamos una modificación de medidas de manera satisfactoria. En dicho procedimiento se podrán alterar las medidas de una resolución anterior, en varios aspectos, incluso en el régimen de custodia.
Custodia compartida en modificación de medidas.
Para poder solicitar la custodia compartida hemos de saber argumentar y probar cuales son los cambios que se han producido en la que basar la modificacion de medidas.
Estas cuestiones pueden ser:
- Variaciones de las condiciones laborales: mayor flexibilidad horaria, cambio de trabajo…
- La edad de los hijos
- Mejor relación entre progenitores
- Superar los mínimos del convenio regulador anteriormente suscrito…
Cambio de Jurisprudencia en la custodia compartida.
El Tribunal Supremo ha venido propiciando un cambio de doctrina, entre otras con las Sentencias 564/2017, de 17 de octubre y 390/2015, de 26 de junio, en las que se decanta por establecer el régimen de custodia compartida como el ideal para el desarrollo de los menores al indicar de manera expresa « la bondad objetiva del sistema de guarda y custodia compartida » .
Este cambio de doctrina ya de por si es una posibilidad para que puedas solicitar el cambio de custodia mediante una modificación de medidas..
Por ello, para el caso de que tengas actualmente una custodia monoparental la cual fue acordada ya sea por mutuo acuerdo o por sentencia con anterioridad al 2015, es viable este planteamiento.
Un ejemplo real custodia compartida en modificación de medidas.
Comparto el ejemplo de la Sentencia del Tribunal Supremo 665/2017 de fecha 17 de diciembre de 2017 al ser muy ilustrativo.
Menor que tenia una custodia monoparental ( madre) y un régimen de visitas en favor del padre que además vivía en otra localidad a la del menor.
El menor venia sufriendo un rendimiento escolar irregular, por lo que el padre, que era profesor de instituto y que ademas trasladó su plaza a la misma localidad, disponia de más tiempo para estar con su hijo.
El Tribunal Supremo entiende que esas dos circunstancias son suficientes para que se de una mejor protección del interés del menor. Concede la custodia compartida.
Conclusión
No existe un catálogo cerrado de circunstancias para que se pueda instar una modificación de medidas y que ésta prospere, por lo que lo ideal es que puedas consultar con un abogado especializado en modificación de medidas para que estudie tu caso concreto.
Si crees que estas capacitado para una custodia compartida, o simplemente las circunstancias han cambiado, no dudes en contactar conmigo.