Es muy habitual que cualquiera que haya pasado por el trance de tener que tramitar una Herencia se encuentre muy perdido, ya que son muchos los documentos que pueden hacer falta y sobre todo , dependiendo si nos encontramos ante Herencias testadas o sin testamento. Aquí analizamos cual es la documentación necesaria para tramitar una Herencia
Documentación necesaria para tramitar una Herencia Testada
Hemos de partir de la base del aforismo » sin muerto no hay herencia» , por lo que el primer documento necesario ha de ser el Certificado de defunción.
Este documento se puede obtener de manera telemática desde la web del Ministerio de Justicia, aunque también es muy habitual que sea aportado a la familia por la compañía de decesos, aunque podría solicitarse también desde la notaria, si bien es de los pocos documentos que prefieren que se aporte por la persona interesada, para acreditar un interés legítimo.
El segundo documento ha de ser el Certificado de Registro General de Actos de Última Voluntad, ( denominado comúnmente como Certificado de Últimas Voluntades ) . En este documento acreditará si el difunto hizo testamento, o no lo hizo , y en su caso saber cuál fue el ultimo testamento otorgado.
Igualmente se puede solicitar desde la web del Ministerio de Justicia o también puede ser aportado a la familia por la compañía de decesos. También puede ser solicitado desde la propia Notaria.
Otro documento de vital importancia será el Certificado de Registros de Seguros, por el que se acreditará si el finado tenia contratados seguros de vida y que supongan una aportación al caudal hereditario.
De igual manera se puede solicitar desde la web del Ministerio de Justicia, o solicitarse por la notaria, siendo excepcional que sea aportado por la compañía de decesos.
Fundamental es la Copia Autorizada del Testamento, no siendo bastante la copia simple, siendo necesaria la copia autorizada que expide el Notario que autorizó el testamento o por quien lo custodie , ya sea otro notario o el Colegio de Notarios territorial.
Esta Copia Autorizada la puede solicitar cualquier interesado acreditando el interés legítimo ante el Notario otorgante, o la puede solicitar de igual manera la propia Notaria.
Documentación necesaria para tramitar una Herencia Intestada
Cuando el difunto falleció sin testamento en el Certificado de Últimas Voluntades no constará testamento alguno, y de esta manera la Herencia se deberá seguir por los siguientes pasos.
Hay que aportar igualmente tanto Certificado de defunción, Certificado de Registro General de Actos de Última Voluntad, y Certificado de Registros de Seguros.
Sin embargo, para conocer que notario es el habilitado para hacer dicha Testamentaria, hay que acreditar el ultimo domicilio de residencia del difunto, ya que será un notario de dicha localidad quien será el competente para hacerla.
Esta es una de las desventajas que ya comentamos en este artículo.
Para ello seria necesario Fotocopia del DNI del fallecido, o Certificado de Empadronamiento si el DNI no estuviera vigente a la fecha de fallecimiento.
Igualmente seria necesario aportar Libro de familia del difunto o en su defecto certificados de matrimonio y de nacimiento o defunción de los hijos si procediese.
Para realizar el Acta de declaración de herederos será necesario que se inste por un interesado y dos testigos, debiendo transcurrir al menos 20 días desde la notificación al Colegio de Notarios. Posteriormente se podrá hacer ya la Escritura de Herencia.
Documentación económica para tramitar una Herencia
Para poder llevar a cabo la Escritura de Partición Hereditaria hemos de indicar que son fundamentales la siguiente documentación, siendo común para el caso de que sea Testada o Intestada.
Escrituras o Notas simples de todos las viviendas, locales o garajes, ya sean rústicos o urbanos. Las notas simples se pueden obtener desde la propia notaria .
Datos catastrales de los bienes inmuebles, siendo recomendable aportar los recibos de IBI, a los efectos de conocer los valores catastrales. Igualmente una certificación sustitutiva se puede obtener desde la propia notaria.
Certificados bancarios de saldos existentes en todas las entidades bancarias donde pudiera tener posiciones el difunto, a la fecha de defunción. Esta documentación la ha de aportar la familia.
Tarjeta técnica y permiso de circulación de los vehículos que pudiera titular el difunto ( ya sean coches, motos, barcos, remolques, tractores… ) .Esta documentación la ha de aportar la familia.
Justificantes de Gastos de entierro, gastos de última enfermedad o similares.
Una vez que se hayan elevado a publico las citadas escrituras de aceptación, partición y adjudicación de herencia, será el momento de liquidar el impuesto de sucesiones en la Comunidad Autónoma del último domicilio del causante, si no se hubiera hecho de manera anticipada.
Como puedes comprobar existe multitud de documentación que varia casi por cada uno de los casos, y de momento sin entrar en cuestiones económicas, las cuales las analizaré en otro articulo, pero que determinan y hacen muy recomendable el asesoramiento de un profesional especializado en asuntos hereditarios.
¿ Te has visto en la tesitura de gestionar una Herencia familiar? ¿ Crees que te hubiera echo falta una ayuda?
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