Despido Objetivo. Falta adaptación del trabajador

Seguimos avanzando en el análisis de todos y cada uno de los tipos de despido que ampara la normativa, analizando en este caso el contemplado en el segundo apartado del art. 52 del Estatuto de los Trabajadores para la resolución del contrato mediante el Despido Objetivo: la falta de adaptación del trabajador.

Definición

Podríamos definir esta tipología de despido como la que se basa en la falta de adaptación del trabajador a las modificaciones técnicas o tecnológicas que se hayan podido producir en el seno de la organización empresarial y respecto de su puesto de trabajo, tras un proceso de formación llevado a cabo por el empleado.

Algunos autores lo consideran como un subtipo de ineptitud sobrevenida del trabajador.

Este es uno de los procesos menos frecuentes respecto al indice de litigiosidad.

Requisitos

Básicamente son tres los requisitos para que una empresa pueda entrar a valorar el despido por falta de adaptación del trabajador.

  • Elemento objetivo. Se ha de introducir una modificación tecnológica en el puesto habitual del trabajador afectado, la cual ha de ser razonable y relevante .
  • Elemento subjetivo. Se ha de producir una inadaptación del empleado a dicho cambio o modificación, una vez que se haya llevado a cabo la formación para la adaptación por parte del mismo.
  • Elemento Temporal. Dicho despido no puede ser acordado hasta que no haya pasado el periodo de adaptación, o al menos 2 meses desde el periodo de formación llevada a cabo.

Forma del despido por ineptitud del trabajador

Ademas de tener que ser por escrito, es de vital importancia la acreditacion de los elementos:

  • justificación del cambio o modificación tecnológica,la cual ha de estar encaminada a la mejora de la productividad, modernizar la empresa o fomentar la competitividad de la empresa.
  • la formación llevada a cabo por el trabajador, la cual ha de ser dirigido a facilitarle su adaptación, sin que se indique que sea anterior o posterior al cambio, pero al menos dicho despido puede ser acordado no antes de 2 meses de la finalización de dicho curso.
  • objetivización de la inadaptación por parte del trabajador al puesto habitual tras la formación llevada a cabo.

Ejemplos de despidos objetivo por falta de adaptación del trabajador.

  • Por falta de adaptación por la introducción de un sistema informativo mas perfeccionado al que el trabajador no se adaptó. ( TSJ Extremadura 8-8-2000)
  • Cambios informáticos por la adaptación de la Ley de Ordenación del Transporte de la CCAA de Madrid ( TSJ Madrid 28-1-2014 ) .
  • No adaptación al proceso de informatización de elaboración de nóminas, seguros sociales, etc., para incorporarse al Sistema RED (TSJ Málaga 19-10-98, TSJ Sevilla 12-11-02 ).
  • falta de adaptación a las modificaciones técnicas operadas en su puesto de trabajo en el que se había implantado en la empresa un nuevo lenguaje de programación, con utilización del Visual Basic Net y su entorno (STSJ de Andalucía 9 de junio de 2010)

Indemnización

La indemnización legalmente para este tipo de despido es de 20 días de salario por año trabajado, con el límite de 12 mensualidades.

Conclusión

El Despido Objetivo por falta adaptación del trabajador, debería de estar contemplado prácticamente desde la concepción de la mejora por parte de la empresa, habida cuenta de que requiere incluir un curso formativo a los empleados, y una medición de la adaptación de los mismos a dichos cambios.

Igualmente se requiere una gran actividad empresarial para acreditar las razones que motivan el despido, y sólo teniendo un buen asesoramiento previo por un profesional especializado se podrá enfocar con unas mínimas garantías de éxito.

La no acreditación del cumplimiento de los requisitos y formalidades llevará irremediablemente ante un despido improcedente o en el peor de los casos, nulo.


¿ Va a implantar la empresa unas mejoras tecnológicas y puede ser que parte de los trabajadores no se adapten? ¿ No sabes cómo hacer el curso de adaptación? ¿ Has sufrido un despido alegando tu falta de adaptación, siendo falso ?

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