Analizamos someramente el plan de Desescalada en el Ámbito Judicial
Con la publicación de la Orden JUS/394/2020 de 8 de mayo , se aprobó el plan de lo que venimos conociendo como Desescalada en el ámbito o sector judicial. Dicho plan tiene gran afectación no solo a los operadores jurídicos, ya que obviamente afecta de manera directa también a la ciudadanía.
Medidas de seguridad
Dicha Orden Ministerial incluye en un primer lugar medidas preventivas que se dirigen a casi de manera interna para la Administración de Justicia tales como medidas de protección colectiva para las personas trabajadoras, medidas de organización del trabajo como por ejemplo la implantación de turnos de trabajo de mañanas y tardes de 7:30 a 14:00 y de 15:00 a 20:00.
De igual manera se institucionaliza como medida principal la ya famosa medida de distanciamiento social la cual es aplicable a todos los usuarios de los espacios de los juzgados.
Así , se establece una distancia de 2 metros en todos los espacios de trabajo, en todas zonas de acceso, espera y espacios de atencion al publico.
Se utilizaran barreras físicas, tales como mamparas, paneles o mobiliario para mantener dicha distancia entre puestos de trabajo, y para el caso de que fuese imposible se tendrá en cuenta esta cuestión para la distribución de los turnos de trabajo, dejando incluso puestos vacíos.
Respecto a las medidas dirigidas a la atención al publico, se establece que se realizará por via telefónica o por correo electrónico habilitado a tal efecto. Pero si resultase imprescindible acudir a la sede judicial, habrá que establecer cita previa, debiendo guardar la distancia antes indicada, limitando el aforo e incluso organizando el acceso desde fuera de las dependencias.
Ni que decir tiene que en los edificios dispondrán de geles de soluciones hidroalcohólicas, limpieza de los puestos de trabajo por cada turno, se aumentaran las tareas de aireación y ventilación…
Fases de la desescalada en el ámbito judicial
Se establecen cuatro fases en la desescalada en el ámbito judicial
a) Fase 1. «Inicio de la reincorporación programada»:
b) Fase 2. «Preparación para la re-activación de los plazos procesales»
c) Fase 3. «Actividad ordinaria, con plazos procesales activados»
d) Fase 4. «Actividad normalizada conforme a la situación anterior al estado de alarma»
Hay que indicar que estas fases no coinciden con las Fases de se vienen estableciendo respecto de la movilidad, no solo por la nomenclatura, si no que por ejemplo la Fase 1 según consta en la propia Orden Ministerial comienza el día 12 de mayo de 2020.
Ello supone que ni operadores jurídicos ni ciudadanía pueda saber cuando se va a producir la vuelta a la actividad » normalizada» o por ejemplo la realización de juicios que estaban señalados para determinada fecha.
A lo máximo que podemos alcanzar a entender es que al menos esto no va a pasar antes de un mes, ya que entre la fase 1 y la fase 2 ha de transcurrir una semana, y entre la 2 y la 3 dos semanas . Sin embargo la fase 4 se iniciará en el momento en que se levanten las recomendaciones sanitarias que permitan retornar a la situación de funcionamiento anterior a la declaración de estado de alarma.
Conclusión
En definitiva, se aprueba un nuevo instrumento en el que se dan una serie de instrucciones tanto a los juzgados como centros de trabajo, y sede u órganos de la Administración de Justicia, pero no se vuelve a concretar ni siquiera de manera orientadora las fechas en las que podrían abogados, procuradores o graduados sociales hacer gestiones en el Juzgado.
Además hemos de indicar que seria necesario potenciar las herramientas tecnológicas y dotar a los Juzgados de mayores medios humanos, reforzando las plantillas de funcionarios todo ello habida cuenta de que se produce de manera clara una acumulación de escritos presentados por los profesionales en de los órganos judiciales y que deberán de ser tramitados.
¿Tienes algún juicio señalado o actuación judicial próximamente?, ¿ Sabes si te lo han suspendido? Me gustaría saber tu opinión, hazlo en comentarios o si quieres escríbeme un correo electrónico en la dirección de contacto y estaré encantado de responderte.